El Ministerio de Fomento modificará el modelo del libro de reclamaciones para adaptarlo a las exigencias de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. El documento, que ya fue modificado a través de la Orden FOM 3398/2002, variará en el anexo II en el que se establecen las normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera.
En concreto añadirá una cláusula en la que dicta que los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero de la entidad titular del libro de reclamaciones y quién es responsable del fichero. Además, en la redacción incluye que el interesado autoriza la cesión de los datos personales al órgano de la Administración Pública que sea competente para la resolución de esta reclamación.
Fuente: Gabinete de prensa de Fenebús
En concreto añadirá una cláusula en la que dicta que los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero de la entidad titular del libro de reclamaciones y quién es responsable del fichero. Además, en la redacción incluye que el interesado autoriza la cesión de los datos personales al órgano de la Administración Pública que sea competente para la resolución de esta reclamación.
Fuente: Gabinete de prensa de Fenebús
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